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El acompañamiento al profesional de la educación en la inclusión de personas con discapacidad

Accompaniment to the education professional in the inclusion of people with disabilities

García, Gustavo ⓘ
Universidad Nacional de La Matanza

Molto, Carolina ⓘ
Hospital Nacional Dr. Manuel A. Montes de Oca

Resumen

Analizar las temáticas vinculadas a la discapacidad implica una multidimensionalidad que precisa ser abarcada en su conjunto para alcanzar mayores grados de su comprensión. Dentro de estas múltiples dimensiones, este artículo analiza el acompañamiento de los profesionales de la educación en su intención de lograr la inclusión de sus alumnos, especialmente en el momento que se intenta profundizar en mayores conocimientos, junto con prácticas docentes que sean facilitadoras para lograr el proceso de participación de las personas con discapacidad en su trayectoria escolar.

Abstract

Analyzing the issues related to disability implies a multidimensionality that needs to be covered as a whole in order to reach greater degrees of understanding. Within these multiple dimensions, this article analyzes the accompaniment of education professionals in their intention to achieve the inclusion of their students, especially at the time that they try to deepen their knowledge, together with teaching practices that are facilitators to achieve the process of participation of people with disabilities in their school career.

Palabras Clave:

Acompañamiento, Inclusión, Discapacidad

Keyword:

Accompaniment, Inclusion, Disability

Introducción

La discapacidad es una temática de abordaje compleja y además muy diversa como concepto que define una situación. Aproximarse a la discapacidad siempre es un tema de debate porque implica una multidimensionalidad que precisa ser abarcada en su conjunto para alcanzar mayores grados de comprensión.

Si bien algunos problemas vinculados con la discapacidad se vinculan a problemas de salud y también a grandes necesidades relacionadas a la asistencia sanitaria, eso no sucede siempre. La realidad muestra que todas las personas con algún tipo de discapacidad tienen las mismas necesidades de salud que la población en general y, en consecuencia, es una obviedad que necesitan tener acceso a los servicios corrientes de los distintos de asistencia, ya sea la asistencia sanitaria, la emocional, la social, la económica, la cultural y, por supuesto la educativa.

Por lo tanto, el acceso a la educación es una prioridad necesaria de ser abordada en todos sus campos, entre ellos, desde el acceso a la educación, pasando por las condiciones de accesibilidad, los recursos técnicos, e incluso la formación de profesionales capacitados para la inclusión de las personas con discapacidad, entre otros.

Dado que es un derecho humano, el conjunto de la población, sin restricciones, discriminación e impedimentos de cualquier debe poder acceder a la educación, y poder disponer del desarrollo de estrategias de promoción, información y difusión de un conjunto de aspectos sustanciales facilitadores de su concreción (García, 2021), como los son los propios recursos de enseñanza (Nicoletti y García, 2021).

El desarrollo social y la inclusión

Cuando en 2006 se aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, junto con su Protocolo Facultativo, se formalizaba el primer instrumento amplio de derechos humanos del siglo XXI, con una dimensión explícita de desarrollo social, que promovió verdadero cambio de modelo conceptual en cuanto a la manera de percibir las actitudes y las miradas respecto de las personas con algún tipo de discapacidad.

En continuidad con la Declaración de los Derechos Humanos del año 1948, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU, 2006), además de adoptar una amplia clasificación de las personas con discapacidad, reafirmó que todas las personas con todos los tipos de discapacidad deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.

Esta reafirmación, cobra real sentido al observar datos surgidos de distintas estadísticas confiables en su elaboración y válidas en su instrumentación por parte de diferentes instituciones y organismos internacionales, como la propia Organización Mundial de la Salud (O.M.S., 2011:5-8), las cuales coinciden en señalar que más del 15% de la población de todo el mundo y de manera extendida padece algún tipo de discapacidad.

La trascendencia de la Convención (ONU, 2006), llevo a que, en la República Argentina, el 6 de junio del 2008, el Congreso de la Nación la aprueba con la ley 26.378, tal cual fue redactada. Esta normativa es una inflexión en la problemática a nivel país, una verdadera transformación en las normas que atienden la problemática, en las cuales no estaban previstas del todo alternativas de inclusión reales. Por lo tanto, será a partir de esta nueva legislación, que los factores contextuales, institucionales y sociales deben comenzar a adaptarse para lograr la inclusión.

Estudios recientes (García y Molto, 2021), pudieron dar muestra que en América Latina y el Caribe, entre el año 2001 y 2013, más de 70 millones de personas tenían al algún tipo de discapacidad. Esta situación reflejada en porcentajes, equivale a un 12,5% de la población. 

En la Unión Europea, son más de 80 millones las personas con algún tipo de discapacidad estimadas al año 2016, mientras que al año 2020, las distintas estimaciones señalan que son cerca de 87 millones de personas con algún tipo de discapacidad que viven en el continente europeo.

También hay informes que describen que cuando las personas presentan una discapacidad de alta complejidad, cuentan con menores probabilidad de obtener un empleo que en personas que manifiestan menos gravedad en su situación de discapacidad. Esta comparación se correlaciona con las familias de las personas con discapacidad más compleja, cuyas probabilidades de obtener un empleo también son menores (ANED, 2018:21).

Por lo tanto, es evidente remarcar que son millones de personas que encuentran barreras que hacen más dificultoso el momento de poder tener una participación real en las distintas esferas educativas, entre las cuales, por supuesto, también se encuentran los diferentes ciclos del sistema educativo, esto es desde el nivel inicial pasando por los estudios primarios, los del nivel medio, de formación profesional hasta los estudios superiores.

En el campo de la universalidad de los Derechos Humanos, la educación tiene la obligación de repensar cuáles son sus prácticas de enseñanza y aprendizaje, del mismo modo de cuáles son las condiciones de las infraestructuras edilicias donde se desarrollan las prácticas educativas, como camino para respetar siempre el derecho humano a la educación y el desafío de su búsqueda permanente de mejorar la calidad (Nicoletti, 2014; 2016), y en consecuencia todas las personas puedan participar del aprendizaje, con independencia de sus características personales. Para ello, debe plasmarse proyectos educativos de inclusión que alienten y defienda los principios y filosofía del modelo social y de derechos humanos.

Actualmente, es una necesidad innegable contar con una infraestructura que incluya aulas con diseño universal, lugares de recreación adecuados y espacios para el desarrollo del proceso educativo que motiven el aprendizaje y eviten la presencia de todo tipo de barreras.

Retomando el planteo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU, 2006), la misma también reconoce, (Preámbulo, Inciso V), como de gran importancia tanto:

  • la accesibilidad al entorno físico,
  • la accesibilidad al entorno social,
  • la accesibilidad al entorno económico
  • la accesibilidad al entorno cultural
  • la accesibilidad a los servicios de salud
  • la accesibilidad a los servicios de la educación
  • la accesibilidad a los servicios de información y las comunicaciones

El diseño universal planteado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU, 2006), se entiende por “(…) diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado (concepto de inclusión)”.

Esto no excluye “las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando se necesiten. Las nuevas edificaciones respetan tales exigencias, los edificios antiguos eran proyectados para una población ideal, sin problemas”.

A su vez, para un acompañamiento exitoso al profesional en la inclusión educativa de personas con discapacidad, también es necesario considerar la mayor cantidad de ajustes razonables que sean posibles realizar.

La propia Convención del año 2006 (ONU, 2006), entiende los ajustes razonables como modificaciones que se realizan, al igual que adaptaciones que se pueden formalizar, y que a su vez “(…) “no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales”.

El sentido es que las personas con algún tipo de discapacidad puedan beneficiarse y disfrutar de todos los derechos humanos, así, como de las libertades más fundamentales.

Es así, que la inclusión necesita de la interdisciplinariedad, lo que implica la presencia de diversas áreas que trabajen de manera integrada, como, por ejemplo, la educación especial y la educación física, la medicina, la psiquiatría, la nutrición, la psicología, el trabajo social, entre otras.

Si las diversas áreas trabajan en forma coordinada bajo el arco escolar, mayores serán las posibilidades de brindarle a la persona con discapacidad herramientas para poder elevar su calidad de vida, a través de la implementación de estrategias tendientes a desarrollar al máximo sus potencialidades intelectuales, físicas y deportivas, como habilidades para llevar adelante la vida personal cotidiana.

El Artículo n°24 de la Convención (ONU, 2006), clarifica el reconocimiento del derecho a la educación las personas con discapacidad, expresando que

d) Se preste el apoyo necesario a las personas con discapacidad, en el marco del sistema general de educación, para facilitar su formación efectiva; reconocen el          derecho de las personas con discapacidad a la educación.

Es decir que el acceso a la educación debe alcanzar, con los debidos ajustes necesarios, a todas las personas con discapacidad, lo que incluye también: “(…) la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás” (Artículo 24°).

Para entender el alcance del Artículo N°24, basta observar que además se ocupa de cuestiones de infraestructura, señalando, por ejemplo en relación a los edificios que son de uso público, ya sean de propiedad pública como o privada, y que existan o, que se proyecten en el futuro; que los mismos tienen que ser completamente y además de fácil acceso para aquellas personas con movilidad reducida. Esto examina “(…) el ingreso al mismo, sino también, el uso de los espacios comunes y de circulación interna e instalación de servicios sanitarios, que posibiliten la vida de relación de dichas personas”

Acompañar a los profesionales de la educación

A partir del relevamiento de distintas investigaciones que analizan la temática de la inclusión educativa y el desarrollo social (García, 2021; Nicoletti y Perissé, 2018), se observa una coincidencia por resaltar los diferentes esfuerzos que realizan las instituciones educativas por crear entornos que sean inclusivos y en consecuencia promuevan el desarrollo dentro del espacio del aula, como en la sociedad, así como fomentar programas de capacitación que acompañen a los profesionales en la búsqueda de respuestas a distintas situaciones. Por eso, acompañar formando a los profesores en la inclusión educativa de personas con discapacidad enriquece, principalmente, la formación del propio profesor, buscando:

  • que logre la ejecución de procedimientos y estrategias académicas que estén sostenidas en acciones sensibilizadoras,
  • que comprenda socialmente el problema
  • que asimile los elementos asociados a la accesibilidad,
  • que adquiera una formación pedagógica respecto a configuraciones de apoyo curriculares y didácticas específicas.

La formación y la capacitación de los profesionales posibilita acercar a los participantes al aprendizaje mediante acciones distinguidas.

Lo importante del acompañamiento de los profesionales para que logren la inclusión de sus alumnos, es profundizar en mayores conocimientos, junto con prácticas docentes que sean facilitadoras para lograr el proceso de participación de las personas con discapacidad en su trayectoria escolar.

Por lo cual, el acompañamiento tiene que ayudar a que lo profesores puedan comprender la problemática en profundidad, y conocer, por ejemplo:

  • la forma de optimización de recursos que sean auditivos y táctiles en los estudiantes con ceguera, o bien
  • flexibilizar formas de examinar suprimiendo barreras físicas que puedan impedir el desempeño óptimo de un estudiante con discapacidad motora.

Entonces, acompañar a los profesionales los tiene que ayudar a que tengan herramientas para analizar de forma exhaustiva cuál es la realidad de cada estudiante, puesto que solamente así, podrán implementarse las configuraciones de apoyo más razonables, necesarias y adecuadas para generar entornos educativos que sean efectivamente accesibles.

Los lineamientos de la Convención del año 2006 (ONU, 2006), permite inferir que los ajustes razonables en el acompañamiento de los profesores en la inclusión, incluyen un recorrido que transita la priorización, la temporalización y la selección de contenidos, objetivos, actividades y la flexibilidad en las metodologías y en la evaluación, acordes con las incumbencias y competencias establecidas.

Una de las principales variables de trabajo docente es la socialización, la cual es necesaria para poder romper las distintas barreras, y así fomentar la participación de todos los alumnos en procesos educativos que pueden definirse como integradoras, que incorporan la diversidad, generan la autodeterminación de todos los alumnos y fortalecen la creación de entornos educativos inclusivos.

Siguiendo recomendaciones que resaltan la importancia de la investigación (Nicoletti, García, Perissé y Barletta, 2021; Perissé, 2016), contar con profesionales capacitados para responder a las necesidades de la sociedad, y entre ellas, las necesidades de las personas con discapacidad, implica una reflexión permanente en desarrollar estrategias de abordaje e investigación que permitan abordar la complejidad de la inclusión educativa de las personas con discapacidad desde una mirada de multidimensionalidad, tal como se ha señalado en un principio de este trabajo; actualizando información y conocimientos que permitan que las intervenciones sean cada vez más efectivas en miras de una educación inclusiva.

La educación inclusiva debe ofrecer todos los apoyos necesarios y facilitadores para acompañar a los alumnos con discapacidad, mediante los recursos de investigación y formación, a superar la mayor cantidad de desventajas y barreras vinculadas a la exclusión y la discriminación negativa. Así los impulsan a un futuro con las máximas posibilidades de independencia y autodeterminación de las personas.

El respeto por la diversidad en los distintos niveles educativos es un trabajo que debe ser cotidiano entre todos los que conforman el contexto educativo, basado, muy especialmente, en el entendimiento de la discapacidad.

A través de una educación inclusiva en todas sus posibilidades, incluido el derecho a la educación física adaptada (Nicoletti y García, 2015), se busca que las personas con discapacidad puedan participar de manera proactiva y en igualdad de condiciones en actividades de educativas intentando que los alumnos desarrollen actividades que sean convenientes para el aprendizaje y el desarrollo según las características personales.

Una sociedad necesita de valores éticos que permitan el respeto por el otro y sus realidades; y una educación inclusiva tiene mucho por contribuir, especialmente seleccionado las mejores alternativas para responder a la complejidad y la multidimensionalidad de la discapacidad. Además, con la educación se ayuda a fortalecer también valores que integran y permiten que todas las personas poder participar en un plano de igualdad.

Conclusiones

Tomando de referencia el marco de los derechos, muchas escuelas e instituciones de todos los niveles educativos (nivel inicial, nivel primario, nivel medio y nivel superior), deben desarrollar experiencias que sean inclusivas. Si bien muchas de estas instituciones realizan valiosas acciones destinadas a la inclusión de personas con discapacidad, también es importante reconocer que se necesita permanentemente de un acompañamiento a los profesionales para en inclusión educativa de personas con discapacidad.

La socialización bajo la coordinación de profesionales formados, brinda a las personas con discapacidad una mayor cantidad de herramientas para que puedan desempeñarse de la manera más autónoma posible en la sociedad, desarrollando al máximo las distintas potencialidades, y fomentando su participación en eventos tanto educativos, como los deportivos, los sociales y culturales.

Por esta razón, los espacios dedicados a la formación tienen que estar atentos a desarrollar estrategias que sean adecuadas y razonables para conformar equipos profesionales docente actualizados y motivados para su tarea inclusiva.

Bibliografía - Bibliography

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Article

El acompañamiento al profesional de la educación en la inclusión de personas con discapacidad

Publisher:

Ciencia y Técnica Administrativa - CyTA


Version of Record - VoR

Journal: Técnica Administrativa

Volume: 20, Number: 4, Order: 3; [ISSUE:88]

Date of publisher: 2021-10-15

URL: www.cyta.com.ar/ta/article.php?id=200403

License: Atribución 4.0 - Internacional (CC BY 4.0)

© Ciencia y Técnica Administrativa

Registro ISSN:1666-1680


Cita del artículo

García, Gustavo; Molto, Carolina; (2021). El acompañamiento al profesional de la educación en la inclusión de personas con discapacidad. Técnica Administrativa. 20(4), 3. http://www.cyta.com.ar/ta/article.php?id=200403


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